FO 2.0
Kategori: Contabilidad
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| SUELO - ACTIVO FIJO - Contabilidad |
|---|
| Pregunta |
| Buenas,
Hemos instalado un suelo especial de madera valorado en €50000. ¿En qué cuenta de activos fijos lo contabilizariais? 225? Otras instalaciones? |
| Resumen de la respuesta |
| Mayor valor de (221) donde se haya construído el suelo.
No es un suelo de hormigon - es parecido a una plataforma de madera.
Si lo llevo a una 221 no lo puedo amortizar, o si? Claro que lo puedes amortizar, la cuenta correcta es la (221). Y si el local no fuera de la empresa? El tema va derivando hacia el otro, inmediato abajo, que viene como "Instalación aire acondicionado". Sin embargo, cambiar el suelo no lo veo como una inversión simo como un "mantenimiento", lo mismo que si hablamos de pintar el local. Por mucho que utilicemos las más sofisticadas técnicas pictóricas (con su correspondiente precio = güevo por m2), no dejaría de ser "una mano de pintura". _________________ Saludos Cambiar todo el suelo del local según mi punto de vista es hacer una reforma en el mismo y debería ir al inmovilizado creo yo, porque no veo yo que eso se pueda comparar con darle una capa de pintura. Saludos Para poder considerarlo como mayor valor de la construcción debería tratarse de una "renovación, ampliación o mejora" que supusieran un "aumento de su capacidad, productividad o alargamiento de su vida útil y siempre que sea posible conocer o estimar razonablemente el valor neto contable de los elementos que, por haber sido sustituidos, deban ser dados de baja del inventario" PGC, Norma de valoración 3ª, f) Por otra parte, no lo veo como un inmovilizado independiente (no es como el aire acondicionado o como lo serían unas mamparas que en un momento dado las quitas y te las llevas). _________________ Saludos Está claro que debe ser una mejora estimable y independiente desde luego que no, porque no vamos a levantar el suelo para llevárnoslo , en eso tienes razón. Saludos Saludos Beta pero yo me vuelvo hacer la misma pregunta, si resulta que tenemos una actividad en un local alquilado, por lo tanto que no es nuestro y hacemos una reforma en el mismo ya que lo consideramos conveniente para el bien de nuestro negocio, lo más apropiado sería llevarlo a la 622 seguramente o quizás a otro inmovilizado material , aunque sepamos que no vamos a levantar el suelo y llevárnoslo si algún día nos vamos del inmueble. ¿Cómo lo ves?, porque esto podría tener libre interpretación. Saludos Sí, la 622 es la que procede utilizar para los gastos de mantenimiento, aunque el bien no sea de nuestra propiedad. No sé si te referías a eso. _________________ Saludos No exactamente, me refiero a que si fuese una reforma importante de un local de nuestra propiedad lo llevaríamos sin duda a la 221, pero como no es nuestro estaría el tema entre la 622 o la 229, no se si me explico bien. Saludos A ver ¿cómo de importante? ¿Que nos salga muy caro o que se trate de una renovación, ampliación o mejora? Porque si se trata, como he dicho antes, de la pintura, por muy cara que nos resulte nunca va a ser inversión sino gasto (622). Por otra parte, si lo que hemos hecho ha sido adicionarle a la nave un solarcillo anexo que utilizábamos para aparcar el carro, aunque nos cueste muy poco dinero estaremos ante una inversión (221) _________________ Saludos Creo que sigo sin explicarme bien, tan importante que si fuese nuestro local no tendriamos duda de incluirlo en la 221, pero es que no es nuestro el local, esa es la diferencia que no es de nuestra propiedad, es a eso a lo que me refiero. |
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